dissabte, 11 d’abril del 2020

Después de la pandemia del COVID-19: ¿vuelta a la “normalidad”?


Publicat originalment a Sin Permiso (05-04-2020)

I.-  Primeros datos sociolaborales después de la declaración del estado de alarma: El pasado jueves, 2 de abril, se conocieron los primeros datos oficiales de paro registrado y de afiliaciones a la Seguridad Social desde la entrada en vigor, el 15 de marzo, del estado de alarma en el Reino de España para hacer frente a la pandemia del coronavirus COVID-19. El mes de marzo finalizó con un total de 3.548.312 de personas en paro registrado, lo que significa una variación interanual de 293.228 personas en términos absolutos, y de un 9.01% en términos porcentuales. Sectorialmente, la mayor variación es, con diferencia, la del sector de la construcción, con un incremento del 22,10%, seguido de servicios (9,91%), industria (7,76%), y agricultura (2,65%).
Por lo que hace referencia a las afiliaciones a la Seguridad Social, el mes acabó con una media de 19.006.760 afiliaciones (aunque el mensaje gubernamental se refiera a “afiliados”, siendo esta una cuestión muy relevante, como veremos más adelante). Este resultado absoluto supone un descenso interanual de 36.817 afiliaciones (-0,19%). En cualquier caso, el dato más revelador del inicio de la crisis laboral asociada a la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 es que el saldo a último día de marzo (un mes en el que, tradicionalmente, se empiezan a activar sectores económicos estacionales, singularmente hostelería y restauración, y crece la actividad de la construcción y de actividades a ella asociadas para la desaletargación de algunas  importantes zonas turísticas) refleja una pérdida de 833.979 personas afiliadas. En este sentido, hay que advertir que, si nos referimos a los registros totales de un día concreto -y no a la media del mes o de otro periodo-, sí que refleja un determinado número de personas.
En cualquier caso, todo indica que estos datos oficiales son sólo la punta del iceberg de un panorama sociolaboral de extrema gravedad. Si se requiere hacer frente a esta crítica situación con criterios de justicia social, se tendrán que poner en marcha otros dispositivos legales más estructurales que las medidas coyunturales, como, entre otros, los ERTEs, el permiso retribuido recuperable, y la prohibición de despedir alegando fuerza mayor y causas económicas, técnicas, organizativas y de producción. Adviértase que, a la espera de los primeros pronunciamientos judiciales, al no haberse tipificado como nulos los despidos en los que la empresa alegue estas causas, en mi opinión, siguen siendo posibles estos despidos, aunque sean calificados de improcedentes. Es decir, sigue siendo posible despedir por estas causas, aunque con una indemnización ligeramente superior.
Por otra parte, una gestión justa de esta situación requiere un conocimiento lo más exacto posible de la realidad. En este sentido, tal y como ha sucedido en la supuesta recuperación de la anterior crisis sociolaboral, es fundamental ajustar las metodologías de las estadísticas laborales a la realidad del llamado “mercado de trabajo” realmente existente. En caso contrario, habrá que recurrir a la ardua y complicada labor de poner en pie procesos de epistemología popular, y a incentivar trabajos académicos “no mainstream” para conocer la magnitud de la pandemia de precariedad laboral y vital provocada, y evaluar el grado de inseguridad e insuficiencia económica y social de amplias capas de la sociedad.
II.-  Mentiras, grandes mentiras y estadísticas
Téngase en cuenta que las actuales estadísticas laborales españolas no han sido permeables a la trasformación de calado que ha sufrido la cuestión laboral como consecuencia del austericidio perpetrado durante la crisis financiera y económica global de 2008-2012. Por tanto, las, digamos, patologías del mal llamado “mercado de trabajo” previas a la crisis provocada por el COVID-19 pueden tener un diagnostico bastante defectuoso. Veamos, sucintamente, algunos ejemplos:
a)      La antigualla del registro administrativo de paro: Las cifras mensuales de “paro registrado” siguen unos criterios registrales (para nada estadísticos) establecidos por una Orden Ministerial de 11 de marzo de 1985 (BOE de 14-03-1985). Dicha orden, dictada por el entonces Ministro de Trabajo, Joaquín Almunia, se justificó por “las modificaciones producidas en los últimos años en la naturaleza y condiciones del mercado de trabajo”. Y así seguimos. Como si en estos últimos 35 años “la naturaleza y condiciones del mercado de trabajo” no hubieran sufrido unas brutales modificaciones (entre ellas, la liquidación del monopolio público de los servicios de búsqueda de empleo), que expulsan de este registro a mucha gente que busca y necesita un empleo remunerado.
b)     El cuestionable uso del registro de afiliaciones a la Seguridad Social: Cada mes se presentan, junto a las cifras de “paro registrado”, los datos en términos de media de las afiliaciones a la Seguridad Social. La variación de esta cifra media se suele identificar con la variación de ocupación de aquel mes. Para que esta asociación de media mensual de afiliaciones y empleo creado o destruido fuera correcta debería hacerse, en el mejor de los casos, comparando las cifras absolutas de días concretos, que sí se corresponden con personas y no con “actos administrativos”. Téngase en cuenta que en la “metodología” de este registro se establece que “debe indicarse que el número de afiliados no se corresponde necesariamente con el de trabajadores, sino con el de situaciones que generan obligación de cotizar; es decir, la misma persona se contabiliza tantas veces como situaciones de cotización tenga, ya sea porque tiene varias actividades laborales en un mismo régimen o en varios". La media mensual es el resultado de una división en la que el dividendo es cada vez mayor por el importantísimo número de altas en el registro de menos de un mes. Dicho claramente: Antaño, cuando las contrataciones de duración inferior a 30 días eran residuales, podría ser útil asociar el resultado medio de afiliaciones a la Seguridad Social con las variaciones de empleo existentes. Por el contrario, hoy en día, con una duración media de los contratos (49 días en 2019) a la baja (más de un 40% en los últimos 12 años), puede ser, más bien, un indicador de precariedad laboral.
c)      El próximo 28 de abril conoceremos la Encuesta de Población Activa (EPA) del primer trimestre de 2020. En términos de ocupación y paro recogerá sólo en parte los efectos sociolaborales de la pandemia del COVID-19. Habrá que esperar a los resultados del segundo trimestre para disponer de datos más robustos. Conviene advertir, no obstante, que, aun siendo la EPA una operación estadística del Instituto Nacional de Estadística (INE) de total solvencia técnica, y que forma parte de la oficina estadística de la UE (Eurostat), para el análisis de sus resultados hay que tener en cuenta que su metodología es poco exigente para clasificar a las personas ocupadas (personas que, al menos, han tenido una ocupación de una hora durante la semana de la encuesta), pero muy exigente para incluirlas en la categoría de paradas (disponibilidad absoluta para trabajar, busca súper activa de ocupación, etc.).
III.- Situación de partida: Más debilidad de la parte más débil
En cualquier caso, las patologías de la situación sociolaboral previas al COVID-19 especialmente importantes son las que, aunque el endeudamiento de familias y personas sea sustancialmente menor, provocan un extraordinario debilitamiento de las “defensas sociales" en relación al inicio de la anterior crisis: a) Siguen, excepto pequeños retoques, en vigor y provocando estragos (entre otros, el debilitamiento de la capacidad negociadora del sindicalismo, y los procesos de externalización) las Reformas Laborales de 2010 y 2012; b) el poder adquisitivo de los salarios de buena parte de la población ocupada va, independientemente de subidas salariales legales o convencionales, a la baja por el encarecimiento especulativo de necesidades tan básicas como la vivienda; c) es innegable que el fenómeno de los trabajadores y trabajadoras pobres es una realidad suficientemente extendida; d) las contrataciones efímeras (las de muy corta duración) ya no son una forma de entrada al mundo de la ocupación formal, sino que se han convertido en una manera de estar en él; e) no hay constancia de que haya disminuido el número de falsos autónomos, y, sin embargo, la hay de la aparición de nuevas situaciones “deslaboralizadas”, como, por ejemplo, las personas externalizadas, o los “riders”; d) la seguridad real de la población asalariada no temporal ha devenido en una seguridad muy relativa, puesto que han disminuido la protección del contrato fijo (el año pasado el 40% de los contratos indefinidos duró menos de un año), con mayores facilidades de despido, y de verse afectado por un ERO; e) las brechas de género persisten, y la precariedad severa tiene, cada vez, más cara de mujer; f) no se ha ratificado el Convenio 189 de la OIT sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos; g) la "hucha de las pensiones" está bajo mínimos; h) los ahorros de los "abuelos" han menguado; i) las tasas de cobertura de las prestaciones por desempleo están lejos de ser óptimas; j) la jurisdicción social está colapsada; k) no tenemos una fiscalidad más justa, ni se ha avanzado sustancialmente en la eliminación de los paraísos fiscales; l) la no renovación del sistema de financiación autonómica ha sido una -aunque no única- causa objetivamente estructural en el debilitamiento de los servicios públicos de salud y de educación, y la atención a las personas en situación de dependencia, y los servicios sociales acumulan toda clase de déficits; etc.
En definitiva, tal como indican, entre otros, los estudios de FOESSA-Cáritas, o de la Red Europea de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social (EAPN), el empleo ha dejado de ser un proveedor garantizado de renta, más o menos suficiente para una cierta integración social, la precariedad laboral y vital se ha extendido a cada vez más segmentos de la población no rica, y, por otra parte, el desbordamiento por insuficiencia e ineficacia del sistema de garantía de ingresos condicionados resulta a todas luces evidente. La consecuencia de todo ello –aunque no sea la única causa- es que ha aumentado con creces la desigualdad, hasta el punto de que no es exagerado hablar de una autentica secesión de los ricos y las ricas.
IV.- ¿Volver a la normalidad?
Este era el panorama sociolaboral pre crisis provocada por la pandemia del coronavirus COVID-19. Desde que se declaró el estado de alarma, dada la excepcional situación de paralización –menos estricta en los primeros quince días, más en esta segunda quincena y, al parecer en el momento que escribo estas líneas, la quinta y sexta semana se volverá al grado de paralización económica y de confinamiento de la ciudadanía del inicio- de la actividad económica, en cada uno de los consejos de ministros y ministras ordinarios y extraordinarios el Gobierno de Coalición Progresista se van decretando medidas laborales excepcionales como las que mencionaba al principio de este artículo. Todas ellas tienen un importante grado de coyunturalidad. Sin embargo, la prolongada y pertinente pandemia de precariedad laboral no ha merecido decisiones estructurales consistentes en la deconstrucción de las políticas de sacrificios para la población trabajadora, empezando, por ejemplo con la derogación de la Reforma Laboral de 2012.
También se van poniendo en marcha algunas políticas de rentas condicionadas (subsidio de desempleo para trabajadoras y trabajadores del hogar, y para autónomos; prestación de desempleo con condiciones especiales y ventajosas para las personas trabajadoras afectadas por los ERTES; ayudas para el alquiler; y se anuncia una, al parecer inminente, nueva renta mínima), todas ellas insertas en una suerte de excepcionalidad que, en algunos casos, singularmente las ayudas para el alquiler, no resarcen del expolio de derechos a las clases populares practicado durante la larga etapa de políticas de austericidio.
Es muy cierto que estas medidas, tanto laborales como sociales, distan muchísimo de las que se tomaron en aquellos últimos consejos de ministros del Presidente  Zapatero (PSOE), y en los de, prácticamente, toda la legislatura de Mariano Rajoy (PP) en los que, en cada una de sus reuniones, no faltaba, al menos, un acuerdo por el cual se dinamitaba un elemento de cohesión social o de equidad. Pero, más allá de sus insuficiencias, lo realmente preocupante es que parecen insertarse en una estrategia de “cuando esto pase, se volverá a la situación previa”.
Estos días excepcionales de confinamiento circula por las redes sociales una imagen en la que se puede ver un muro en la que se ha escrito lo siguiente (traduzco del original en catalán): “No podemos volver a la normalidad, porque la normalidad era el problema”. Desconozco si la imagen es verídica, o se trata de una fotocomposición, pero, en cualquier caso, me parece una magnifica advertencia para los tiempos que se avecinan. La ausencia de Renta Básica (universal e incondicional) era la “normalidad” de la privación de garantía de ciudadanía, dignidad, y libertad para todas y a todos. El no abordaje de raíz de la triple crisis ecológica (clima, biodiversidad, ecosistemas) era la “normalidad” de caminar hacia un planeta inhabitable para las personas que no sean ricas o muy ricas. En resumen, una vuelta a la normalidad “neoliberal conservadora” o “neoliberal progre” de capitalismo extractivista no es la solución, ni en el ámbito sociolaboral, ni en el de los derechos democráticos, ni, por supuesto, en el medioambiental. Por eso, la consigna de “no podemos volver a la normalidad” nos anuncia tiempos de conflicto y movilización social. ¡Nunca fue cierto lo del fin de la historia!

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